El organismo europeo de vigilancia de valores, ESMA, ha decidido ampliar las restricciones aplicadas a una serie de derivados financieros, incluidos los contratos por diferencias (CFD) basados en criptomonedas. Los límites que se introdujeron en agosto de este año se mantendrán hasta finales de enero de 2019.
ESMA Está Preocupada Por Los CFDs Ofrecidos A Los Clientes Minoristas
La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) ha tomado medidas para renovar las medidas restrictivas impuestas a la comercialización, distribución y venta de contratos por diferencias (CFD) a clientes minoristas. Las restricciones entraron en vigor el 1 de agosto y, de acuerdo con la última decisión del regulador, se prorrogarán por otro período de tres meses, a partir del 1 de noviembre.
En un comunicado de prensa, la ESMA afirma que “ha considerado cuidadosamente la necesidad de ampliar la medida de intervención actualmente en vigor”. La agencia con sede en París cree que “sigue existiendo una importante preocupación por la protección de los inversores en relación con la oferta de CFDs a los clientes minoristas”. Es por ello que se ha acordado una renovación de las limitaciones por parte de su Junta de Supervisores el miércoles 26 de septiembre, dijo el organismo regulador en el anuncio publicado en su página web este viernes.
Las restricciones incluyen la obligación de mantener límites de apalancamiento en la apertura de una posición por parte de un cliente minorista. Éstos varían en función de la volatilidad de los activos de garantía: 30:1 para los principales pares de divisas; 20:1 para los principales pares de divisas, oro e índices principales; 10:1 para las materias primas distintas del oro y los índices bursátiles no principales, y 5:1 para las acciones individuales y otros valores de referencia. Para los productos basados en criptomonedas, el apalancamiento está limitado a 2:1. Estas restricciones serán válidas hasta enero del próximo año.
Otros Límites Aplicables Permanecen en su Lugar
La decisión de la ESMA de limitar el apalancamiento ofrecido en los CFDs de criptomonedas a no más de 2:1 fue acordada en marzo de este año, según informó noticias.Bitcoin.com. En su anuncio de entonces, la institución de la UE se refirió a las restricciones como “medidas temporales de intervención de productos sobre la provisión de CFDs y opciones binarias a los inversores particulares”. El ratio significa que los operadores están obligados a proporcionar un margen inicial del 50% del valor nocional del CFD cuando el activo subyacente es una criptodivisa, que es más que el margen inicial requerido de cualquier otro CFD.
La autoridad motivó su decisión por el carácter relativamente inmaduro de la clase de activos, lo que, en su opinión, supone un riesgo importante para los inversores. La ESMA estaba preocupada por la integridad del proceso de formación de precios en los mercados subyacentes de criptomonedas, lo que “hace inherentemente difícil para los clientes minoristas valorar estos productos”. El organismo regulador declaró que los instrumentos financieros que proporcionan exposición a criptomonedas, CFDs en este caso, necesitan ser monitoreados de cerca. También prometió evaluar si se requerían medidas más estrictas.
En su última decisión sobre el asunto, la agencia confirma la renovación de otras restricciones relevantes, incluyendo una protección de saldo negativo por cuenta, una medida que proporciona un límite garantizado sobre las pérdidas de clientes minoristas. Otros mecanismos de seguridad que han sido confirmados contemplan la preservación de las restricciones sobre los incentivos ofrecidos para operar CFDs, así como la emisión de una advertencia de riesgo estandarizada que se supone que incluye el porcentaje de pérdidas en las cuentas de los proveedores de CFDs de los inversores minoristas.
En su comunicado de prensa, la ESMA señala que las medidas renovadas deben publicarse en las lenguas oficiales de la UE y también en el Diario Oficial de la Unión antes de que empiecen a aplicarse el 1 de noviembre de 2018.
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Autor Original: Lubomir Tassev
Imágenes cortesía de Shutterstock y ESMA
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